
FAL: qué es el Fondo de Asistencia Laboral y qué tiene que hacer tu empresa antes de noviembre
Desde el 1 de noviembre de 2026, todas las empresas del sector privado en Argentina van a hacer un aporte mensual nuevo: el que alimenta su Fondo de Asistencia Laboral (FAL). No es opcional. Lo que sí es opcional — y acá está la parte importante — es dónde va esa plata y quién la administra.
En esta guía te contamos qué es el FAL, cuánto va a aportar tu empresa, qué cubre y por qué conviene tomar la decisión ahora y no en noviembre.
Por Federico Victorio Marino, cofounder de Inversiones Andinas.
¿Qué es el FAL?
El Fondo de Asistencia Laboral es un mecanismo creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral (reglamentado por el Decreto 408/2026) para que las empresas fondeen de manera anticipada sus futuras indemnizaciones laborales: preaviso, integración del mes de despido e indemnización por antigüedad.
Importante: el FAL no cambia el régimen indemnizatorio. Tus empleados mantienen exactamente los mismos derechos. Lo que cambia es cómo la empresa junta la plata para afrontarlos: en lugar de que un despido sea un golpe imprevisto a la caja, cada mes se aporta un porcentaje chico de la nómina a una cuenta propia de la empresa, que se invierte en el mercado de capitales y crece con el tiempo.
Cada empresa tiene su cuenta individual: la plata es de la empresa, con tres características que la hacen distinta de cualquier otra reserva:
- Es inembargable y constituye un patrimonio separado con destino específico.
- Los aportes son deducibles del Impuesto a las Ganancias.
- Los rendimientos están exentos de impuestos, y las cuentas FAL están exentas del impuesto a los débitos y créditos.
Armar esa misma reserva “a pulmón” en un plazo fijo pagaría impuestos por los rendimientos y sería embargable. El FAL, no.
¿Cuánto va a aportar tu empresa?
El aporte se integra todos los meses junto con las cargas sociales, en el F.931 (CUSS/ARCA):
- MiPyMEs: 2,5% de la base salarial que usás para SIPA.
- Grandes empresas: 1%.
Ejemplo rápido: una PyME con 20 empleados y una nómina de $30 millones mensuales aporta $750.000 por mes. En un año, con rendimientos, esa cuenta supera los $9 millones — plata de la empresa, invertida, esperando el día que haga falta.
¿Quiénes están alcanzados?
Todos los empleadores del sector privado con trabajadores registrados. Quedan afuera el empleo público, la construcción (que ya tiene su propio régimen, Ley 22.250) y el personal de casas particulares.
¿Cómo funciona cuando hay una desvinculación?
Después de un período de carencia de 6 meses de aportes, si la empresa tiene que afrontar una indemnización, presenta la solicitud electrónica con los datos del trabajador y el cálculo indemnizatorio, y la entidad que administra el fondo transfiere el dinero en un máximo de 5 días hábiles.
¿Dónde se invierte la plata?
Acá está la novedad de agosto: la Resolución 1276/2026 del Ministerio de Economía (vigente desde el 13/8) definió en qué pueden invertir los FAL. El mandato es conservador y 100% en pesos:
- Deuda del Tesoro Nacional (LECAP, BONCAP, CER, TAMAR, duales): sin límite.
- Obligaciones negociables de empresas con calificación AAA: hasta 20% (10% por emisor).
- Bonos provinciales y de CABA AAA: hasta 15% (5% por jurisdicción).
- Depósitos bancarios: hasta 15% por entidad.
- Exposición al tipo de cambio: máximo 10% de la cartera.
- Piso de liquidez del 10% en instrumentos de corto plazo.
Nada de acciones, CEDEARs ni dólar billete: es un fondo pensado para preservar capital y estar disponible cuando se lo necesita.
El punto clave: si no elegís, eligen por vos
La CNV ya puso en consulta pública la reglamentación de los vehículos (Resolución General 1161): los FAL van a instrumentarse como fondos comunes de inversión abiertos o fideicomisos financieros administrados por entidades habilitadas y supervisadas por la CNV.
Cada empresa deberá obtener un ID FAL — el identificador que vincula su CUIT con el fondo elegido — e informarlo antes del primer aporte. ¿Y si no lo hacés? La CNV te asigna un fondo de oficio, con datos de ARCA. Tu plata va a ir a parar a un fondo que no elegiste.
Y cambiarse después no es inmediato: el proyecto de reglamentación prevé traspasos solo en junio y diciembre, con un mínimo de 6 meses entre cambios.
Traducción: la decisión que tomes (o no tomes) antes de noviembre te acompaña por lo menos medio año. Todos los administradores tienen la comisión capeada en 1% anual, pero no todos van a rendir igual ni darte el mismo servicio.
Qué tiene que hacer tu empresa, en 5 pasos
- Dimensionar el costo: calculá tu aporte mensual (1% o 2,5% de tu base SIPA).
- Elegir el vehículo: comparar entidades habilitadas, estrategia de inversión y servicio.
- Obtener el ID FAL de la entidad elegida.
- Informarlo a ARCA antes del primer aporte de noviembre.
- Integrar el aporte todos los meses vía F.931 — de esto se encarga tu contador, junto con las cargas sociales de siempre.
Te ayudamos a decidir bien
En Inversiones Andinas venimos siguiendo el régimen FAL desde su sanción y asesoramos a empresas de Cuyo en su implementación: te ayudamos a dimensionar el aporte, entender las opciones y dejar todo listo antes de noviembre — y de paso, a ordenar la estrategia de inversión integral de tu empresa.
Dejanos los datos de tu empresa y te contactamos con un análisis sin costo: cuánto vas a aportar y qué opciones tenés.
¿Preferís hablar directo?
Disclaimer: información general basada en la Ley 27.802, el Decreto 408/2026, la Resolución ME 1276/2026 y el proyecto de Resolución General CNV 1161 (en consulta pública al 13/8/2026; aspectos operativos pueden ajustarse). No constituye asesoramiento legal ni una oferta de valores. IA INVERSIONES S.A.S. — Agente Productor CNV Mat. 2935.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Sí, para todos los empleadores privados desde el 1/11/2026. Lo que elige la empresa es el administrador del fondo.
2,5% de la base salarial SIPA por mes. Las grandes empresas, 1%.
No. Los derechos del trabajador no cambian; el FAL es la forma en que la empresa fondea esos pagos.
La CNV le asigna uno de oficio con datos de ARCA.
Sí, pero según el proyecto de CNV solo en junio y diciembre, con un mínimo de 6 meses entre traspasos.
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